A partir de mañana, se supervisarán las transferencias electrónicas superiores a 20.000 manat

İQTİSADİYYAT30.09.2026
A partir de mañana, se supervisarán las transferencias electrónicas superiores a 20.000 manat

En Azerbaiyán entra en vigor una nueva norma sobre las transferencias electrónicas que las instituciones financieras deberán notificar al Servicio de Supervisión Financiera.

elchi informa que, según la decisión del Servicio de Supervisión Financiera, el umbral mínimo para las operaciones de transferencia electrónica de fondos se ha fijado en 20.000 manat o su equivalente en moneda extranjera por año natural.

Según la nueva norma, después de que el importe de las transferencias electrónicas de un cliente alcance los 20.000 manat en un año natural, se notificará al Servicio de Supervisión Financiera cada una de sus transferencias electrónicas posteriores. Esto incluye transferencias entre cuentas, transferencias realizadas sin abrir una cuenta y transferencias electrónicas a través de otros instrumentos de pago.

Además, se notificarán las operaciones en efectivo iguales o superiores a 20.000 manat o su equivalente en moneda extranjera. Este requisito abarca las operaciones de depósito y retiro de efectivo a través de cajas y terminales, el cambio de divisas en efectivo y otras operaciones en efectivo.

Según la decisión, las operaciones que generen sospechas de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo deberán notificarse al Servicio de Supervisión Financiera, independientemente de su importe.

Además, se notificarán las operaciones realizadas por personas políticamente expuestas de Estados extranjeros, sus familiares cercanos y personas con las que mantengan relaciones íntimas, las operaciones relacionadas con los activos de personas sancionadas, así como las operaciones en cuentas bancarias y de otro tipo de pago de organizaciones religiosas y no gubernamentales, independientemente de su importe.

Según las normas, la información y los documentos sobre las operaciones pertinentes deberán presentarse, en general, dentro de los 3 días hábiles posteriores a la realización de la operación.

Además, los obligados deberán presentar al Servicio de Supervisión Financiera información sobre los beneficiarios finales de las personas jurídicas que sean sus clientes actuales antes del 31 de diciembre de 2027.

La decisión entra en vigor el 1 de octubre de 2026.